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Fuente noticia: www.europapress.es/
Los canales de la TDT se van a mudar de frecuencia a partir
del 26 de octubre. Te explicamos qué es lo que tienes que hacer y cuándo para
no dejar de ver tus programas favoritos:
¿TENGO QUE LLAMAR A UN ANTENISTA?
Depende del edificio en el que vivas. Como explica
Industria, si tu edificio tiene más de tres viviendas es probable que tu
sistema de recepción sea una centralita programable o un sistema de
amplificación monocanal.
En ambos casos el administrador de fincas o el presidente de
tu comunidad de propietarios deberá llamar a un instalador que prepare las
antenas colectivas de tu edificio para la recepción de los nuevos canales.
Sin embargo, en aquellas viviendas que dispongan de un
sistema de recepción de banda ancha, fundamentalmente viviendas unifamiliares
(chalets, casas rurales...) y edificios de menos de tres viviendas, no es
necesaria la adaptación, porque este sistema de recepción está preparado para
recibir todas las frecuencias, las nuevas y las antiguas, sin necesidad de
realizar adaptación alguna.
¿TENGO QUE RESINTONIZAR LOS CANALES?
Sí. Todo el mundo va a tener que resintonizar los canales en
su televisor, tenga o no que adaptar su antena. Para hacerlo tienes de plazo
desde el 26 de octubre hasta el 31 de diciembre de 2014.
Si no has resintonizado tu televisor no verás las
frecuencias nuevas por las que se transmiten algunos de tus canales favoritos
ni los nuevos canales de televisión a partir del 1 de enero de 2015.
En algunos televisores la sintonización se realiza de forma
automática. En otros modelos deberás utilizar el botón menú de tu mando a
distancia para localizarlos.
Hay que tener en cuenta que algunos modelos de televisor
añaden de forma automática los nuevos canales que encuentran al final de la lista
de todos los canales sintonizados previamente. Compruebe si este es su caso. Si
no sabes cómo hacerlo, puedes consultar el manual de tu televisor.
¿CUÁNTO ME VA A COSTAR ADAPTAR LA ANTENA?
Depende de tres cosas: del tipo de vivienda, la empresa con
la que se contrate la adaptación de la antena y de las características de la
propia antena. La Federación Nacional de Instaladores e Integradores de
Telecomunicaciones (FENITEL) ha estimado el coste medio en alrededor de 20
euros por vivienda (No por edificio).
El Gobierno ha puesto en marcha un programa de ayudas para
compensar los costes derivados de la adaptación en las instalaciones de
recepción en los edificios que lo necesiten. Las ayudas varían en función del
tipo de antena y van desde los 100 hasta los 550 euros.
¿DE QUÉ DEPENDE LAS AYUDAS QUE ME VAN A DAR?
Para aquellas comunidades de propietarios que tuvieran
instalada una centralita programable y, por lo tanto, no precisan de la
instalación de equipamiento adicional la ayuda máxima prevista es de 100 euros
en todos los casos, con independencia de la zona geográfica.
En las comunidades con amplificadores monocanales, la
subvención prevista varía en función del número de múltiples digitales
afectados en cada zona geográfica. El importe máximo de la ayuda es el
siguiente:
1 múltiple digital: 150 euros
2 múltiples digitales: 250 euros
3 múltiples digitales: 350 euros
4 múltiples digitales: 450 euros
5 múltiples digitales: 550 euros
¿CÓMO PEDIR LA SUBVENCIÓN?
La subvención se tiene que pedir una vez que se hayan hecho
los cambios en la antena y comenzarán a pagarse a partir de enero de 2015.
Las ayudas se solicitarán telemáticamente por parte de la
comunidad de propietarios. Podrán representar a la comunidad de propietarios,
el presidente de la Comunidad, el Administrador autorizado por la comunidad de
propietarios, o el propio instalador que realice la adaptación en nombre de
dicha comunidad.
Las comunidades de propietarios deberán disponer de NIF
(código H-) y ser titulares de una cuenta bancaria donde se ingresará el
importe de la ayuda.
Las ayudas solo podrán otorgarse a aquellas actuaciones
realizadas por empresas instaladoras autorizadas inscritas en los Registros de
empresas instaladoras de telecomunicación, de los tipos 'A' o 'F'.
Para recibir la ayuda se debe aportar en formato electrónico
la siguiente documentación:
- La factura
emitida por la empresa instaladora autorizada detallando claramente los gastos
relacionados con el proceso de liberación del Dividendo Digital.
- El Boletín de
instalación que la empresa instaladora deberá entregar a la Comunidad de
Propietarios una vez realizada la adaptación detallando el tipo de instalación
y los trabajos realizados.